Personas usuarias del CRE de Discapacidad y Dependencia

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Personas en situación o en riesgo de dependencia

Podrán solicitar el ingreso en el Centro, en régimen temporal o permanente, las personas que reúnan los siguientes requisitos generales:

  • Ser beneficiario del sistema de la Seguridad Social o tener derecho a las prestaciones de Servicios Sociales, en virtud de Ley o Convenio Internacional.
  • Estar afectado por grave discapacidad y dependencia, a consecuencia de la cual precisa de la atención de otra persona para las actividades de la vida diaria y para mejorar su autonomía personal.

La admisión de las personas solicitantes que reúnan los requisitos anteriores se efectuará en base a los siguientes criterios técnico-facultativos:

  • Estabilidad médica.
  • Severas o graves limitaciones de su autonomía personal.
  • Capacidad para una mínima convivencia en el Centro.

Familiares y/o cuidadores

Podrán ser usuarios de los programas de intervención con familias y cuidadores, tanto las personas de la familia o de su entorno no vinculadas a un servicio profesionalizado, como aquellos cuidadores profesionales que presten sus servicios en una institución pública o entidad con y sin ánimo de lucro, así como aquellos profesionales y/o asistentes personales que trabajen como autónomos en la prestación de servicios a personas en situación o en riesgo de dependencia, ya sea en su hogar o en un centro.

Organizaciones del sector

Usuarios de los programas dirigidos a las organizaciones del sector podrán ser todas aquellas personas vinculas, cualquiera sea esta relación, a las Asociaciones, Federaciones y Confederaciones que trabajen con las personas en situación o riesgo de dependencia usuarias de este centro.

Podrán acceder, de acuerdo con las normas establecidas, a los servicios de referencia:

  • Centros y Servicios de Atención a personas en situación de dependencia, públicos y privados: información, asesoramiento, formación, intercambio de buenas prácticas, difusión de normas técnicas.
  • Asociaciones Profesionales, profesionales del sector, planificadores y gestores: información, asistencia técnica, intercambios de experiencias.
  • Centros de estudios, investigación y docencia: Centro Documental, Fondo de Estudios e Investigaciones, Productos formativos.
  • Administraciones y Organismos públicos: información y asistencia técnica.
  • Particulares

Todas las personas usuarias de los centros dependientes del Imserso tienen garantizados los derechos inherentes a su condición de ciudadano, establecidos en la legislación vigente. La Carta de Derechos y Deberes de las personas usuarias se concibe como el marco normativo de referencia a los estándares nacionales e internacionales sobre derechos de las personas con discapacidad.

DERECHOS DEBERES
A la privacidad, intimidad y respeto a la confidencialidad de los datos. De conocer y cumplir la normativa del centro.
A las relaciones interpersonales. De respetar a las personas usuarias y profesionales que lo atienden.
A la dignidad e identidad. De cuidar y respetar las instalaciones, medios y entorno del centro y colaborar en su mantenimiento.
A la autonomía y participación. De dar a conocer las anomalías o irregularidades que se observen en el centro.
A la información, acceso a sus datos y a la documentación de su expediente. De facilitar información veraz y actualizada de los datos personales necesarios para su atención.
A la protección y garantía de derechos. De abonar, si procede, las cantidades destinadas al copago de los servicios recibidos
De acordar los objetivos incluidos en su Plan individualizado de atención y cumplir con los objetivos acordados en su Plan individual de atención.

Derechos y deberes de las personas usuarias de los centros del Imserso (687 KB)Abrir este documento usando ReadSpeaker docReader

martes, 28 noviembre 2023 10:13